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El productor de los productos eléctricos y electrónicos debe hacerse cargo de los gastos de manipulación y reciclado.
Todos los aparatos eléctricos y electrónicos lanzados al mercado desde el 2 de enero de 2007, deben ir acompañados de este símbolo para indicar que cumplen con la Directiva RAEE. Entre otros aspectos, esto significa que el productor de estos productos debe hacerse cargo de los gastos de manipulación y reciclado al final de su vida útil.
Los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (los AEE) son todos los aparatos que para funcionar necesitan corriente eléctrica, una pila o un acumulador.
La fabricación de AEE es uno de los sectores industriales con un mayor crecimiento en el mundo occidental. De este crecimiento deriva el problema de la gestión de residuos eléctricos y electrónicos. En junio de 2000, la Comisión Europea introdujo varias propuestas para resolver este problema que derivaron en la Directiva Sobre Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) en diciembre de 2002. Estas propuestas fueron posteriormente modificadas por la Directiva 2012/19/EU.
Las disposiciones principales de la Directiva RAEE son las siguientes:
Responsabilizar a los productores (fabricantes o a cualquier otra persona que introduce un producto en el mercado europeo) del pago de la recogida, tratamiento y reciclaje de los aparatos inservibles.
Mejorar el proceso de reciclaje de los AEE.
Garantizar la recogida selectiva de los AEE.
Informar a los consumidores de su papel en relación con los AEE.
En España, esta última Directiva 2012/19/ EU ha sido transpuesta por el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
De acuerdo con lo establecido en las Directivas RAEE y el Real Decreto 110/2015, Cluma Networks S.L. ha de contribuir al coste de organización y gestión del sistema de recolección de RAEE.
Conforme a la legislación vigente, podrás devolver gratuitamente tus AEE usados siguiendo las indicaciones que se señalan en ¿Cómo funciona el proceso?
Antes de llevar a cabo dicha devolución, asegúrate de que:
El producto que vayas a devolver esté en buen estado en el momento de reenviárnoslo. No lo has abierto o desmontado. Has retirado las pilas y las baterías.
Si tu aparato usado todavía funciona en buenas condiciones, o puede ser reparado, te pedimos que consideres donarlo a alguna organización caritativa o que se lo des a alguien que lo necesite. Al extender la vida de tus aparatos usados estás contribuyendo a una utilización eficiente de los recursos, así como evitando que se generen residuos adicionales.
Los AEE pueden contener sustancias peligrosas y/o nocivas que pueden perjudicar seriamente el medio ambiente y la salud de los seres humanos. Este es el motivo por el que todos los AEE que voluntariamente decidas reciclar serán recogidos y tratados por centros especializados de reciclaje, y siguiendo las especificaciones establecidas en las Directivas RAEE y el Real Decreto 110/2015. Por lo tanto, al deshacerte de estos productos de acuerdo con la legislación vigente, estarás contribuyendo a preservar nuestro entorno.
La directiva RAEE y el Royal Act 110/2005 divide de Aparatos Eléctricos y Electrónicos en las siguientes categorías:
Categoría 1: grandes electrodomésticos (frigoríficos, ollas eléctricas, hornos micro-ondas, lavadoras etc.).
Categoría 2: pequeños electrodomésticos (aspiradoras, relojes despertador, tostadoras, etc.).
Categoría 3: aparatos informáticos y de telecomunicaciones (ordenadores, servidores, impresoras, copiadoras, teléfonos, etc.).
Categoría 4: aparatos eléctricos y electrónicos ( televisores , radios, cadenas Hi-Fi, instrumentos musicales, reproductores de vídeo, cámaras de fotos, etc.).
Categoría 5: lamparas y luminarias; materiales de iluminación (bombillas fluorescentes, bombillas de sodio, etc.).
Categoría 6: herramientas eléctricas y electrónicas, a excepción de grandes herramientas industriales (taladradoras, cortadoras de césped, sierras eléctricas, etc.).
Categoría 7: juguetes y equipamiento deportivo o de ocio (trenes eléctricos, consolas de juegos, aparatos de gimnasia, etc.).
Categoría 8: dispositivos médicos a excepción de productos implantados e infectados (analizadores, máquinas de diálisis, congeladores médicos, etc.).
Categoría 9: instrumentos de vigilancia y control (detectores de humo, termostatos, básculas, etc.).
Categoría 10: distribuidores automáticos (distribuidores de comida y bebidas, distribuidores de billetes, etc.).
Desde el 15 de noviembre de 2006 no está permitido desechar los AEE en el contenedor de residuos domésticos o en cualquier otro contenedor no destinado a estos productos. Sin embargo, tienes la posibilidad de desecharlos en un punto limpio de recogida o de devolverlos según se explica a continuación.
Este establecimiento cumple con la normativa vigente en la recepción de un RAEE equivalente, cuando se venda un aparato nuevo. En la entrega a domicilio, se recogerá en el mismo, de forma gratuita para el consumidor (1 por 1) y a solicitud de éste. La recogida y transporte se realizará de forma que se puedan dar las condiciones óptimas para su reciclado o reutilización, cumpliendo los requisitos legales.
También puedes deshacerte en cualquier momento de los aparatos usados en un punto limpio de recogida. En el enlace siguiente encontrarás la lista de puntos de la colección limpia distribuidos a lo largo de España:
http://www.punto-limpio.info
Los AEE pueden contener sustancias peligrosas y/o nocivas que pueden perjudicar seriamente el medio ambiente y la salud de los seres humanos. Por lo tanto, al deshacerte de estos productos de acuerdo con la legislación vigente, estarás contribuyendo a preservar nuestro entorno.
Para más información, no dudes en consultar la página web del Ministerio del Medio Ambiente.
AEE (Aparatos Eléctricos y Electrónicos).
RAEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos).